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Tratados y Convenios de Protección Ambiental
Recopilación de Tratados y Convenios Internacionales referentes a la protección del Medio Ambiente y los Recursos Naturales

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02 de Junio, 2011 · General

Terminología Aplicable común a los Tratados

 TERMINOLOGÍA APLICABLE

Son variados y en muchas oportunidades funcionan como sinónimos los vocablos que se utilizan para el tratamiento de los acuerdos y convenios relacionados con la protección ambiental. Es por eso que hemos decidido agregar este repertorio de términos aplicables.

N. del E.

ACUERDO: Cosa decidida o acordada por dos o más personas o entidades, después de hablar o discutir sobre ella. Reunión de autoridades gubernamentales para tomar decisiones sobre algún tema o cuestión.

Sin. : Decisión, Determinación, Resolución, Armonía, Conformidad.

CONVENCIÓN: Término internacional, convenio internacional, bilateral o multilateral. La Convención puede ser abierta o cerrada para estados terceros que no participaron en su elaboración. Las convenciones son llamadas con el nombre de donde se realizan o del objeto que las reúne.

CONVENIO: Decisión tomada entre dos o mas personas, entidades u organismos. Institucionalmente se considera al Convenio como un acuerdo que queda establecido fehacientemente, por el cual las partes se comprometen a seguir pautas preestablecidas, donde se llega a un acuerdo.

CUMBRE: Máxima intensidad o importancia que se le da a una cuestión por la cual se hayan reunido y discutido determinadas autoridades, y con la cual se llega a un punto culminante sobre el hecho.

DECLARACIÓN: Exposición que formalmente se realiza acerca de algún asunto o convenio previo por lcual se levanta un juramento.

MANIFIESTO: Documento por el cual una persona o una entidad hace conocer sus propósitos a la opinión pública. Sin.: Evidencia

PACTO: Poner condiciones entre dos o más personas, organismos o estados para realizar algo, obligándose mutuamente a cumplir lo pactado. Sin.: Concertar.

PROTOCOLO: Formas de procedimientos en las relaciones diplomáticas, bilaterales o multilaterales. Conjunto de reglas ceremoniales y diplomáticas, establecidas por decreto, resolución o costumbre. Actas relativas a un acuerdo.

TRATADO: Acuerdo internacional concluido entre estados en forma escrita, al cual se aplica el Derecho Internacional, que comprende un documento o más, relacionados entre sí.

Fuentes:                                      *Diccionario de la Real Academia Española. 21º edición. Madrid, 1984.

*Enciclopedia Mundial de Relaciones Internacionales y Naciones Unidas. Edmundo Jan Osmañczyk. Fondo de Cultura Económica. Buenos Aires, 1976

       

         

                                        Bib. Alejandro Abate 

publicado por alejandroabate a las 18:22 · Sin comentarios  ·  Recomendar
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